Las enfermedades oncológicas por su incidencia y prevalencia
en la población y por la elevada tasa de mortalidad que comportan
continúan siendo uno de los problemas de salud prioritarios.
Este hecho, junto con las características de su prevención
y tratamiento aconsejan que se cree un plan específico que,
cada tres años, defina en este ámbito de actuación
las directrices que debe seguir el Departament de Salut para impulsar,
planificar y coordinar las actuaciones a desarrollar en el ámbito
de la promoción, la prevención, el tratamiento y la rehabilitación
de las enfermedades del cáncer. A la vez, estas directrices
tendrán que ser un instrumento que oriente los objetivos e intervenciones
que fije el Pla de Salut de Catalunya para la prevención y control
de estas enfermedades, tal como refleja el decreto 27/2006 de febrero
de 2006, publicado al DOGC núm. 4584 con fecha 2 de marzo de
2006.
La elaboración del Pla Director d’Oncologia en Catalunya
2005-2008 (PDOC) tiene en cuenta los notables adelantos científicos
de los últimos años y la experiencia lograda en la lucha
contra esta enfermedad, como también los resultados del PDOC
2001-2004, que establecía diferentes acciones a desarrollar
en este plazo con el objetivo de mejorar los resultados clínicos
y la calidad de vida de los pacientes, y de potenciar la prevención
de esta enfermedad y su diagnóstico precoz.
Por otro lado, en esta tarea de planificación de la atención
a la enfermedad oncológica el Departament de Salut debe contar
con la colaboración de expertos en esta materia, que asesoren
las fases sucesivas de elaboración, implantación, evaluación
y actualización del Plan. Con cuyo objeto, se crea el Consejo
Asesor de Oncología (se adjunta listado de miembros).