Un aspecto clave del modelo asistencial
del ICO es el Convenio Ciutat Sanitaria y Universitaria de Bellvitge
e Institut Català d’Oncologia:
El artículo 16 de los Estatutos del Instituto indica, “La
empresa pública Institut Català d’Oncologia
y el Institut Català de la Salut establecerán
un convenio de colaboración con tal de coordinar adecuadamente
las actuaciones de la empresa con las actividades de la Ciudad
Sanitaria y Universitaria de Bellvitge”.
El convenio afecta
el ámbito asistencial, docente,
de la investigación y los servicios de apoyo que sean
necesarios.
Asistenciales
Acuerdo de facilitar que los profesionales de las
dos instituciones tengan acceso a toda la información
que se requiera para el correcto tratamiento de los enfermos.
El diálogo entre los profesionales debe ser la mejor
herramienta para una buena coordinación.
El convenio estipula los siguientes temas:
Admisiones-hospitalización, exploraciones complementarias, interconsultas,
urgencias, quirófanos, equipos especiales, unidades funcionales compartidas,
documentación clínica y política de la calidad.
Servicios Generales
Hace referencia a los servicios de mantenimiento
general del edificio y el reparto de costes y facturación.
Los temas estipulados son: contratos de mantenimiento, delimitación
de espacios, comunicaciones telefónicas, seguridad, protección
radiológica, gestión de residuos, lavandería,
lencería, audiovisuales, informática, mortuorio,
atención usuario, transporte interno, apoyo administrativo
y otras.
Docencia
Establece las estipulaciones correspondientes a:
formación postgrado (MIR), Comisión de docencia,
formación continuada, formación de postgrado y
convenio con la Universidad; anilla informática.
Investigación
Establece las estipulaciones con: la Fundació August
Pi i Sunyer, Comisión de Investigación CSUB, Unidad
mixta FISS, Unidad Clínico Epidemiológica, Comité de
Ensayos Clínicos, Estabulario, Banco de Tumores y Comité de Ética
Asistencial.
Subrogación presupuestaria
Aspectos referidos a partidas presupuestarias que
el año 95 se estimó para la creación del
ICO.
Evaluación económica, criterios y
normas que regulen la facturación
Comisión de
Seguimiento
Presidida por el Consejero delegado y un número
paritario de representantes de la CSUB y el ICO.
Velará por el cumplimiento y seguimiento del convenio.
La duración del Convenio es prorrogable para el
año natural por acuerdo expreso de las dos partes.